Ante las noticias aparecidas en varios medios de comunicación sobre la existencia de algunas supuestas “regularizaciones” de dinero a través de facturas emitidas por Baratz al Partido Popular con relación al caso Barcenas, queremos mostrar nuestra absoluta disconformidad con las mismas.
Queremos manifestar:
- Que BARATZ SERVICIOS DE TELEDOCUMENTACIÓN, S.A. es una sociedad constituida en Madrid, el 25 de Marzo de 1987.
- Que los trabajos realizados por BARATZ para el Partido Popular se corresponden a prestaciones reales de servicios dentro del objeto social de la sociedad.
- Que todos los trabajos realizados están perfectamente documentados, tanto su contratación como su realización.
- Que todos los trabajos realizados han sido cobrados a través de sus correspondientes facturas, no siendo cierto que se haya cobrado cantidad alguna de ninguna otra forma.
- Que las cuentas de BARATZ se encuentran auditadas y depositadas en el Registro Mercantil.
- Los trabajos realizados con la Administración Pública son siempre a través de las correspondientes licitaciones, así como a través de los oportunos contratos cuando se realizan con entidades privadas.
- Que BARATZ nada tiene que ver con la trama Gürtel ni con la financiación de partido político alguno.
- Que BARATZ no se ha beneficiado de subvención irregular alguna.
- Que BARATZ se pone a disposición de cualquier medio de comunicación para facilitar cuanta información necesite a fin de corroborar lo hasta ahora manifestado, al no haberse dirigido con antelación a BARATZ para la verificación de la información difundida y publicada.
Asimismo, hacemos expresa reserva de cuantas acciones legales nos asistan por la difusión y publicación de varias informaciones, ante el daño que para la imagen de la sociedad ello supone, al no haber realizado ningún medio de comunicación diligencia alguna para confrontar la veracidad de las noticias publicadas. Consecuentemente, y en virtud del artículo 3 de la Ley Orgánica 2/1.984, de 26 de marzo, reguladora del Derecho de Rectificación, se han enviado cartas rectificativas a los medios de comunicación que deberán ser publicadas o difundidas íntegramente, dentro de los tres días siguientes al de su recepción.